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Recobros de impagos

El Área Jurídica de FEMPA ofrece un servicio específico para la recuperación de impagados dirigido a los asociados que dispongan de facturas, cheques, pagares, letras y cualquier deuda pendiente de cobrar a sus clientes.

Etapas del Programa de recuperación de impagados:

Requerimiento extrajudicial de pago, mediante carta certificada con acuse de recibo, suscrita por abogado, en la que se reclama el pago al deudor, con la advertencia/amenaza de que en caso de no efectuar el pago en el plazo que se indique en la carta (10 días, 15 días, o lo que proceda…), se le reclamara ante los Tribunales de Justicia. Este servicio está incluido en la cuota de FEMPA y no tiene un coste adicional.

En el caso de que, pese al requerimiento, el deudor no pague, se puede proceder a reclamar judicialmente a través del denominado Juicio Monitorio que es un procedimiento por escrito en el que, tras presentar una demanda judicial, el Juzgado le da traslado de la misma al deudor para que pague su deuda en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación de la demanda. Si no paga en dicho plazo, ni se opone de manera “justificada” a pagar, entonces el acreedor puede ejecutar la deuda embargando bienes del deudor para cobrar lo que se le debe.

De no ser necesaria la ejecución, el Juicio Monitorio no generará tampoco honorarios adicionales a los asociados a FEMPA y su único coste será el de la mensajería, que es necesaria para poder presentar la demanda ante el Juzgado y que venga devuelta una copia sellada, así como para presentar en el Juzgado otros escritos que a menudo son necesarios durante el procedimiento judicial.

Si durante el procedimiento monitorio el deudor se opone al pago alegando cualquier motivo más o menos justificado, el juicio monitorio se convierte en un juicio “normal” (verbal u ordinario, según la cuantía) y en ese caso sería necesario contar con un abogado y también en algunos casos un procurador, dependiendo del importe de la deuda. FEMPA no presta ese servicio directamente, pero puede proporcionar un abogado externo que aplicaría unos honorarios con descuento para los asociados de la Federación.

Para poder reclamar extrajudicialmente, haría falta tener los datos completos del deudor y el importe de la deuda y si fuera posible, la factura. Para la reclamación judicial (Juicio Monitorio), es imprescindible aportar factura original y, si existe, orden de reparación o presupuesto.

 

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