La prevención eficaz empieza por comprender bien cada figura, cada responsabilidad y cada decisión que protege la vida en el trabajo. Con esa idea, FEMPA y FEMEVAL impulsan una nueva acción de sensibilización para poner el foco en una figura esencial dentro de la prevención de riesgos laborales en las obras de construcción: el recurso preventivo en las empresas del metal que desarrollan su actividad en obras de construcción. Su presencia resulta decisiva en aquellas situaciones en las que los trabajos presentan una especial peligrosidad y exigen una vigilancia más intensa para garantizar que las medidas preventivas se aplican de forma correcta y eficaz.
En un entorno tan complejo como el de la construcción, donde intervienen distintas empresas, oficios y niveles de riesgo, conocer bien el papel del recurso preventivo es fundamental para mejorar la seguridad y evitar accidentes. No se trata de una figura accesoria ni meramente formal, sino de una herramienta real de control, supervisión y apoyo preventivo allí donde la actividad requiere una atención especial.
Una de las cuestiones más importantes es saber quién puede asumir esta responsabilidad. El recurso preventivo debe ser una persona trabajadora designada por la empresa, con la formación, capacidad y conocimientos adecuados para desarrollar esa función. En este sentido, resulta imprescindible contar con la preparación preventiva exigida, como la formación de nivel básico en el sector de la construcción o del metal, impartida por un servicio de prevención o por una entidad homologada.
También conviene aclarar qué empresa debe aportar esta figura. Con carácter general, son las empresas contratistas las que deben designar o asignar los recursos preventivos necesarios en obra. No obstante, en determinadas circunstancias, también puede requerirse que las empresas subcontratistas cuenten con una persona encargada de esta labor, especialmente cuando la naturaleza de los trabajos o la concurrencia de actividades así lo aconsejan.
La presencia del recurso preventivo es obligatoria en aquellos trabajos en los que concurren riesgos especiales o situaciones de especial peligrosidad. Entre ellas se encuentran, por ejemplo, los trabajos con riesgo de caída en altura, la exposición a riesgo eléctrico en alta tensión o en proximidad, los riesgos de sepultamiento o hundimiento, los trabajos en espacios confinados, la utilización de maquinaria sin marcado CE, la exposición a agentes químicos o biológicos especialmente peligrosos o la presencia de polvo de sílice, entre otros supuestos contemplados por la normativa.
Su misión es clara: vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas vinculadas a los riesgos que justifican su presencia en la obra. Eso implica observar el desarrollo de los trabajos, comprobar que se están aplicando correctamente las medidas de seguridad previstas y actuar si detecta deficiencias o incumplimientos. En esos casos, debe dar las indicaciones necesarias para que la situación se corrija de manera inmediata y adecuada.
Esta función convierte al recurso preventivo en una pieza clave para trasladar la prevención al terreno de la práctica diaria. Su labor ayuda a detectar errores antes de que se conviertan en accidentes, mejora la capacidad de respuesta ante situaciones de riesgo y refuerza la cultura preventiva en el conjunto de la obra.
Eso sí, su presencia no sustituye ninguna otra obligación preventiva. El recurso preventivo actúa como una medida complementaria, que se suma al resto de medidas de prevención y protección que ya deben implantarse en la empresa y en la obra. Por tanto, contar con esta figura no exime del cumplimiento del resto de obligaciones legales en materia de seguridad y salud laboral.
Con esta nueva iniciativa, FEMPA y FEMEVAL vuelven a apostar por una comunicación preventiva útil y de alto impacto, capaz de acercar la normativa al día a día de las empresas del metal. Porque mejorar la información, aclarar responsabilidades y reforzar la vigilancia preventiva es también una forma directa de proteger a las personas trabajadoras.
Este proyecto está financiado por la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana, en el ámbito de las Ayudas para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, para el ejercicio 2025. EXPTE TRAPRL/2025/19








