Desde el 1 de Octubre de 2017, en el plazo de cinco años, los empresarios deben adaptarse paulatinamente para proporcionar a cada trabajador, en cumplimiento de su deber de protección, una formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, conforme a lo recogido el IV CONVENIO. Por lo tanto las empresas tienen que tener formados a sus trabajadores antes del 1 de Octubre del 2022.
Tipología de cursos:
Formación 20 horas: es la que se realizará cuando no se ha hecho formación previa.
Formación 8 horas: es la que se realizará cuando se tiene el curso de 20 horas, y debe formarse el trabajador en varios oficios, convalidando las 12 horas de la parte troncal.
Formación 4 horas: es la que se realizará una vez se tenga la formación de 20 horas cada 4 años, o antes de la incorporación al puesto de trabajo, en el caso de que la persona haya estado alejada del sector de manera continuada durante un año.