- Plazo de solicitud: desde 16/02/2026 a las 09:00 hasta 10/03/2026 (23:59:59, hora peninsular). Fecha límite de justificación: 04/11/2026
INPYME 2026
La Generalitat Valenciana ha publicado la convocatoria INPYME 2026, destinada a apoyar inversiones productivas para la reindustrialización realizadas por pymes de distintos sectores industriales en la Comunitat Valenciana, en régimen de concurrencia competitiva.
Si tu empresa está planificando inversiones en maquinaria, digitalización industrial, mejoras de proceso, certificaciones o modernización de planta en 2026, esta convocatoria puede encajar.
Aspectos más relevantes
¿Quién puede solicitar?
Pymes privadas industriales (con al menos 1 persona trabajadora por cuenta ajena), con inversión en un municipio de la Comunitat Valenciana y actividad vinculada a los sectores/códigos CNAE del anexo. NO pueden solicitar: autónomos, empresas públicas, entidades sin personalidad jurídica, empresas con incidencias de pagos (AEAT/SS o reintegros) o que incumplan la ley de morosidad, entre otros supuestos
¿Qué se financia?
Proyectos de inversión productiva: nuevo establecimiento, ampliación/modernización, diversificación de producción o cambios esenciales de proceso.
Ayuda: 30% de los costes subvencionables (general) o 40% si la inversión se realiza íntegramente en municipios prioritarios por despoblación/riesgo.
Importe máximo: hasta 200.000 € por empresa (y sujeta a límites de minimis, con tope general de 300.000 € en 3 años para “empresa única”).
Inversión mínima subvencionable: 20.000 € (sin IVA). En deporte, biotecnología, audiovisual y videojuegos: 10.000 € (sin IVA).
Sectores incluidos
La convocatoria cubre, entre otros, los siguientes sectores industriales: metalmecánico; automoción/defensa/espacial/aeronáutica/semiconductores; biotecnología; producción audiovisual; videojuegos/animación/VR-AR; agroalimentario (con condiciones específicas); cerámica/vidrio/materiales no metálicos y construcción industrializada; cuero y calzado; envases y embalajes; juguete/deporte y otras manufacturas; hábitat (madera, mueble, baño/cocina, iluminación); mármol/piedra natural/áridos; papel y artes gráficas; plástico; químico; textil; valorización de materiales.
Principales gastos subvencionables
Se consideran subvencionables, entre otros:
Maquinaria, equipos y activos materiales vinculados directamente a producción (incluye moldes/matrices, equipos de control de calidad, laboratorios internos/salas blancas, equipos de gestión o reducción de residuos/emisiones/efluentes, logística interna, etc.).
Mejoras en equipos existentes (si suponen avance sustancial en eficiencia energética, capacidad productiva o seguridad, debidamente justificado).
Activos inmateriales a medida y ligados a producción: desarrollos/innovaciones, patentes, marcas, modelos de utilidad, licencias de fabricación, software hecho por terceros (p. ej., automatización, sensorización, mantenimiento preventivo, ERP/CRM vinculados a producción/logística).
Certificaciones técnicas y de calidad, homologaciones y verificaciones de tercera parte.
Ingeniería industrial/tecnológica externa necesaria para ejecutar el proyecto (con límites).
Auditoría del informe de revisión justificativa (hasta 800 € si aplica).
Importante (no subvencionable, ejemplos): No se consideran subvencionables, entre otros: IVA e impuestos recuperables, equipos/instalaciones de oficina (vestuarios, baños, puertas…), equipos administrativos (ordenadores, tablets, móviles, impresoras…), software de propósito general (ofimática, sistemas operativos, etc.), mantenimiento y reparaciones, solar térmica o fotovoltaica de autoconsumo, urbanización fuera del establecimiento, compra/alquiler de terrenos e inmuebles (salvo casos muy justificados), compra de empresas/acciones, etc.
Fechas clave de ejecución y pagos
Los activos subvencionados deben ponerse en funcionamiento entre el 1/01/2026 y el fin del plazo de justificación (con posible ampliación para ciertos activos, previa autorización).
Los gastos deben estar efectivamente pagados dentro del periodo admitido (reglas específicas de pago y justificación; no se admiten pagos en metálico).
Cómo se evalúa
La concesión es por concurrencia competitiva y por sector. Para optar a ayuda, el proyecto debe alcanzar al menos 50 puntos. La memoria técnica es clave y la evaluación se hace solo con lo presentado dentro de plazo (no se admiten mejoras fuera de plazo; si falta la memoria, puede implicar inadmisión).
Obligaciones destacadas si te conceden la ayuda
Los activos deben mantenerse en la Comunitat Valenciana y vinculados al proyecto durante al menos 5 años (con reglas de sustitución autorizada).
Obligación de publicidad: indicar la ayuda en web, redes sociales (si existen) y cartel en el establecimiento industrial, manteniéndolo al menos 3 años desde la fecha límite de justificación.
Las Oficinas Acelera pyme puestas en marcha en toda España por Red.es, entidad pública adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, cuentan en su convocatoria 2025 con un importe de ayuda concedida de más de 29 millones de euros para impulsar la digitalización de pymes, autónomos y emprendedores. El importe de la ayuda máxima es del 80% del presupuesto subvencionable y está financiada por la Unión Europea, Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER) del periodo 21-27.
Si deseas más información o asesoramiento, puedes solicitar una cita con la Oficina Acelera Pyme de FEMPA, presencial o virtual, tú eliges!
¡Estaremos encantados de poder ayudarte!









