Tras la entrada en vigor del Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, que aprueba la nueva Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 sobre ascensores, han surgido dudas en el sector sobre su posible contradicción con el Decreto 125/2012 del Consell.
Ante esta situación, las autoridades competentes han remitido un documento aclaratorio con el objetivo de unificar criterios y clarificar la interpretación normativa, concretamente en lo que respecta al plazo máximo permitido para subsanar los defectos graves detectados durante las inspecciones periódicas de los ascensores.
La medida busca garantizar la seguridad de los usuarios y la correcta aplicación de la normativa tanto estatal como autonómica, evitando confusiones entre los distintos marcos regulatorios actualmente vigentes.
La Subdirección General de Industria expone en esta comunicación su criterio técnico-jurídico, concluyendo que ambas normativas resultan compatibles, manteniéndose la posibilidad de solicitar una prórroga extraordinaria del plazo de seis meses previsto para la subsanación, siempre que concurran causas justificadas y se cumplan los requisitos legales aplicables.
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