- El certificado será obligatorio desde el sábado 4 de diciembre a las 00.00 horas.
Se trata de un documento que habrá que presentar, junto con un documento acreditativo de la identidad (Pasaporte, DNI) en:
- Locales de ocio y restauración con aforos de más de 50 personas
- Espacios dedicados a actividades recreativas y de azar con comida
- Eventos y celebraciones de más de +500 personas donde no siempre se pueda llevar la mascarilla
- Visitas a hospitales (cuando se permitan) y a residencias de servicios sociales
En la página web www.coronavirus.san.gva de la Conselleria de Sanidad se publicann los detalles relativos a esta medida.
Conseguir el certificado es muy sencillo.
Basta con descargárselo en el móvil, imprimirlo desde la página web de sanidad o solicitarlo en un centro de salud.
Los profesionales pueden descargarse esta APP libre en sus teléfonos o tablets para verificar la autenticidad y validez del certificado:
Relación de locales afectados, además de los centros residenciales y hospitales (Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos):
Actividades hosteleras y de restauración (con aforos de más de 50 personas)
- Salones de banquetes
- Restaurantes
- Café, bar
- Cafeterías
- Establecimientos públicos ubicados en zona marítimo-terrestre
- Salón-lounge
Actividades de ocio y entretenimiento (con aforo de más de 50 personas)
- Salas de fiestas
- Discotecas
- Salas de baile
- Pubs
- Ciber-café
- Establecimiento de exhibiciones de contenido erótico
Actividades recreativas y de azar (con servicio de restauración)
- Casinos de juego
- Salas de bingo
- Salones recreativos de máquinas de azar tipo A y B
- Salones de juego
- Tómbolas y similares
- Salones cíber y similares
Adjuntamos escrito de la Consellera de Sanitat Universal i Salut Pública dirigido a los sectores a los que les es de aplicación la exigencia del Pasaporte COVID e instrucciones de uso de la aplicación.








