- El pasado sábado, 10 de Julio, publicó en el BOE la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude.
Las novedades más destacadas de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude:
- Limitación de pagos en efectivo a 1.000 euros (hasta ahora eran 2500 euros).
Asimismo, se disminuye de 15.000 a 10.000 euros cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional. Esta disminución del límite general se aplicará a todos los pagos efectuados a partir del 11 de julio de 2021, aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de la limitación.
- Se modifica el sistema de recargos por extemporaneidad sin requerimiento previo estableciéndose un sistema de recargos crecientes, siendo el recargo del 1 por ciento más otro 1 por ciento, adicional.
- Se prohibe la tenencia de programas y sistemas informáticos que permitan la manipulación de los datos contables y de gestión, consistente en la obligación de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión empresarial se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos. Esta nueva obligación entrará en vigor el 11 de octubre de 2021 (a los 3 meses de la entrada en vigor de la Ley 11/2021).
- Reducción de las sanciones tributarias.
Por un lado, se eleva la reducción de las sanciones derivadas de las actas con acuerdo al 65 por ciento (anteriormente 50 por ciento) y, por otro, se eleva la reducción de las sanciones en caso de pronto pago al 40 por ciento (anteriormente 25 por ciento). La reducción por conformidad se mantiene en el 30 por ciento (se da nueva redacción al art. 188. 1 y 3 LGT).mas mismos. Esta nueva obligación entrará en vigor el 11 de octubre de 2021 (a los 3 meses de la entrada en vigor de la Ley 11/2021).
- Modificación de los tramos impositivos del Impuesto de Matriculación que se mantitenen iguales a los de 2.020, hasta el 31 de diciembre de 2021:
Emisiones (WLTP)
Impuesto de Matriculación
Menos de 144 g/km de CO2
0%
Entre 145 y 191 g/km de CO2
4,75%
Entre 192 y 239 g/km de CO2
9,75%
Más de 240 g/km de CO2
14,75%






