- El Reglamento (UE) 2024/1834 introduce desde el 24 de julio de 2026 nuevos requisitos de eficiencia energética, información técnica, capacidad de reparación y disponibilidad de repuestos para ventiladores industriales comercializados en la Unión Europea.
El 24 de julio de 2026 han entrado en vigor las nuevas normas armonizadas de la UE para reducir el consumo energético y facilitar la reparación de ventiladores industriales.
Las medidas abarcan una amplia variedad de tipos, tamaños y aplicaciones de ventiladores, utilizados en todo tipo de ámbitos, desde procesos industriales hasta equipos de calefacción, refrigeración y ventilación en edificios residenciales de gran tamaño. De acuerdo a estas normas, los fabricantes e importadores solo pueden comercializar ventiladores independientes con potencias de 125 W a 500 kW que superen los nuevos umbrales mínimos de rendimiento energético y los requisitos técnicos previstos por el Reglamento.
Desde el 24 de julio de 2026, el Reglamento (UE) 2024/1834 es directamente aplicable en España y exige nuevos niveles de eficiencia, información técnica y capacidad de reparación para ventiladores industriales de 125 W a 500 kW.
La normativa refuerza la información que debe acompañar al producto. Entre otros aspectos, exige datos sobre el rendimiento del ventilador y, desde el 24 de julio de 2027, información específica sobre su funcionamiento a carga parcial o en puntos de trabajo determinados. Estos datos facilitarán a proyectistas, instaladores e integradores la optimización del consumo mediante sistemas de control más eficientes.
El Reglamento también incorpora obligaciones destinadas a prolongar la vida útil de los equipos, estableciendo requisitos sobre la disponibilidad y el plazo máximo de entrega de las piezas de repuesto, así como a la información necesaria para que los reparadores profesionales puedan efectuar su trabajo.
Los ventiladores que ya vienen de fábrica dentro de otros productos (como unidades de tratamiento de aire, bombas de calor o climatizadores) cuentan con una moratoria hasta el 24 de julio de 2027.
Según la Comisión Europea, los requisitos de diseño ecológico permitirán que el consumo eléctrico anual de los ventiladores industriales en la UE sea aproximadamente 31 TWh inferior en 2030 respecto de un escenario sin medidas de ecodiseño. La Comisión estima, además, que consumidores y empresas podrían ahorrar alrededor de 4.000 millones de euros al año en 2030 mediante menores facturas energéticas y menores costes de sustitución.
Preguntas frecuentes
¿La normativa necesita transposición en España?
No. El Reglamento (UE) 2024/1834 es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los Estados miembros.
¿Desde cuándo se aplican los nuevos requisitos?
Los requisitos principales se aplican desde el 24 de julio de 2026, aunque el Reglamento entró en vigor el 24 de julio de 2024.
¿Qué ventiladores están afectados?
Con carácter general, los accionados por motores con una potencia eléctrica de entrada entre 125 W y 500 kW en su punto de máxima eficiencia, incluidas determinadas unidades integradas en otros productos.
¿Existe una moratoria para ventiladores integrados?
Existe un régimen transitorio hasta el 24 de julio de 2027 únicamente para los modelos que cumplen las condiciones específicas establecidas en el Reglamento.
¿Qué obligaciones existen sobre repuestos?
La norma exige disponibilidad de determinadas piezas y acceso a información de reparación. En defecto de otro plazo contractual o publicado, la entrega no puede superar seis semanas.
“La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico”.








