Evento realizado el 24 de mayo 2022 con el apoyo de la Diputación de Alicante.
¿En qué me afecta el Reglamento de Instalaciones Frigoríficas?
¿Cómo puedo legalizar mi instalación?
¿Cuál es el procedimiento a seguir y la documentación a presentar?
El Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (RD 552/2019) establece la obligación de presentar, previo a la puesta en servicio de la instalación, determinada documentación técnica para su registro ante los servicios competentes en materia de Industria.
La disposición transitoria primar del Real Decreto 552/2019, aprueba un procedimiento para que puedan regularizarse las instalaciones existentes que fueron puestas en servicio antes de la entrada en vigor de este real decreto (31/12/2019).
Los titulares de Instalaciones que no estén inscritas en los registros del órgano competente en materia de Industria de las respectivas Comunidades Autónomas, dispondrán de TRES AÑOS (antes del 31/12/2022), desde la entrada en vigor del Real Decreto 552/2019, para presentar la documentación exigida para su registro.






