

El objeto de estas ayudas es el apoyo a los PROYECTOS EMPRESARIALES de personas emprendedoras y pymes de la Comunitat Valenciana, que irán destinadas a sufragar los gastos corrientes derivados del inicio y de la consolidación de su proyecto empresarial.
Sólo serán subvencionables las actuaciones desarrolladas ENTRE EL 01 de MAYO de 2025 Y EL 31 de MAYO de 2026 y cuyos gastos hayan sido efectivamente PAGADOS* entre esas mismas fechas y cumpliendo los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
* No se admiten pagos en metálico, ni pagos por ventanilla de entidades de crédito, o pagos en moneda extranjera.
“La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico”.
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