CURSO DE FORMACIÓN OBLIGATORIA DEL CONVENIO DEL COMERCIO DEL METAL EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA OPERARIOS DE ALMACÉN

DESCRIPCIÓN DEL CURSO

Las empresas pertenecientes al Convenio del Comercio del metal, deben proporcionar a cada trabajador y trabajadora, en cumplimiento de su deber de protección, una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de prevención de riesgos laborales, adaptada a la evolución de los mismos y a la aparición de otros nuevos, a partir de la publicación del Convenio el día 30/01/2020.

 

Esta formación mínima obligatoria no sustituirá a ninguna otra formación obligatoria que pueda establecer la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.

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OBJETIVOS

– Contribuir a la determinación de las cualificaciones y competencias profesionales específicas del sector del Comercio del Metal en materia de seguridad y salud en el trabajo.

– Lograr que las acciones y actuaciones en relación con los contenidos de la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción sean análogas, homogéneas y coordinadas en todo el territorio nacional.

– Transmitir los conocimientos y normas específicas en materia de seguridad y salud en el trabajo correspondientes al puesto de trabajo.

DIRIGIDO A

Personal de empresas pertenecientes al Convenio del Comercio del Metal. 

CONTENIDO

1. Parte común o troncal.

1.1 Verificación, identificación y vigilancia del lugar de trabajo y su entorno.

1.2 Derechos y obligaciones:

– Marco normativo general y específico.

– Divulgación y participación.

1.3 Seguridad vial.

1.4 Primeros auxilios y medidas de emergencia.

2. Parte específica.

2.1 Definición de los trabajos.

– Descripción de los procedimientos y procesos seguros del puesto de trabajo.

2.2 Técnicas preventivas específicas.

– Evaluación e información específica de riesgos.

– Riesgos específicos y medidas preventivas: Caídas al mismo nivel. Caídas a diferente nivel. Golpes contra objetos. Atropellos. Caídas por objetos de desprendimiento. Riesgos de cortes. Riesgos derivados de la manipulación manual de cargas. Riesgos derivados del uso de transpaletas, carretillas elevadoras y escaleras manuales. Pérdida de estabilidad de la carga. Operaciones de carga y descarga. Transporte de cargas. Sobreesfuerzos. Atrapamientos. Riesgos de movimientos repetitivos. Posturas forzadas. Estrés térmico.

– Protecciones colectivas (colocación, usos y obligaciones y mantenimiento).

– Protecciones individuales (colocación, usos y obligaciones y mantenimiento).

2.3 Medios auxiliares, equipos y herramientas.

– Riesgos derivados del uso de los medios auxiliares, equipos y herramientas empleados en la actividad del oficio.

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