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AYUNTAMIENTO DE CANFRANC

Por Decreto de Alcaldía número 74/2020, de 8 de mayo de 2020, se ha dispuesto lo
siguiente:
Levantamiento de la suspensión de procedimiento de contratación
Levantar la suspensión del procedimiento de contratación de la instalación de puntos de
acceso Wifi en Canfranc Estación por considerarse como perjuicio grave en los derechos e
intereses de las empresas, autónomos y vecinos de Canfranc.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, significándole que de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante
el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de esta notificación. Si optara por interponer el recurso de
reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime
procedente.”

Canfranc, 8 de mayo de 2020. El Alcalde-Presidente, Fernando Sánchez Morales

Resultado

AYUNTAMIENTO DE CANFRANC Por Decreto de Alcaldía número 74/2020, de 8 de mayo de 2020, se ha dispuesto lo siguiente: Levantamiento de la suspensión de procedimiento de contratación Levantar la suspensión del procedimiento de contratación de la instalación de puntos de acceso Wifi en Canfranc Estación por considerarse como perjuicio grave en los derechos e intereses de las empresas, autónomos y vecinos de Canfranc. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, significándole que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.” Canfranc, 8 de mayo de 2020. El Alcalde-Presidente, Fernando Sánchez Morales