La prevención del acoso constituye una responsabilidad esencial de las organizaciones y una pieza fundamental para garantizar entornos laborales respetuosos, igualitarios y libres de violencia y discriminación.
El actual marco normativo aborda esta responsabilidad desde diferentes perspectivas: prevención de riesgos laborales y riesgos psicosociales; igualdad entre mujeres y hombres; prevención de las violencias sexuales; protección frente a la discriminación y garantía de los derechos de las personas LGTBI; y prevención de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
A este marco se incorpora el Real Decreto 723/2026, que refuerza las obligaciones de transparencia e información de las empresas y adquiere especial relevancia en los procesos de incorporación. Entre la información que debe trasladarse se encuentran la existencia e identificación del Plan de Igualdad, cuando resulte aplicable, el protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo y, en su caso, las medidas destinadas a garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI.
Esta nueva exigencia refuerza una cuestión fundamental: es necesario que los protocolos y planes de igualad sean conocidos, comprendidos y aplicables por las personas que forman parte de la organización.













