- El documento aclara la aplicación del nuevo reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales y resuelve algunas de las principales dudas planteadas por el sector
El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado en junio de 2026 la primera versión completa de la Guía Técnica de aplicación del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales, RSCIEI, aprobado mediante el Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo.
El documento, identificado como versión 2, desarrolla a lo largo de 194 páginas numerosos criterios interpretativos dirigidos a facilitar la aplicación homogénea del nuevo marco reglamentario. La versión anterior, publicada en septiembre de 2025, tenía carácter de borrador y fue sometida a participación pública. La edición de junio de 2026 constituye, según el propio historial de cambios, la primera versión completa de la guía.
La publicación llega algo más de un año después de la entrada en vigor del nuevo RSCIEI, que se produjo el 10 de mayo de 2025. El Real Decreto 164/2025 derogó y sustituyó al reglamento de 2004, aprobado por el Real Decreto 2267/2004, con el objetivo de actualizar las condiciones de protección contra incendios de los establecimientos industriales y adaptarlas a la evolución técnica, constructiva y normativa de las últimas dos décadas.
GUÍA TÉCNICA DE APLICACIÓN
REGLAMENTO DE SEGURIDAD
CONTRA INCENDIOS EN LOS
ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES
Una guía interpretativa, pero no una nueva norma
Uno de los capítulos con mayor interés práctico es el dedicado al régimen aplicable a los establecimientos industriales existentes.
Como principio general, las instalaciones construidas antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento no tienen que adaptarse íntegramente a sus nuevas exigencias. Continúan rigiéndose, en sus condiciones de diseño, por la reglamentación que les resultaba aplicable cuando fueron puestas en servicio.
Sin embargo, desde el 10 de noviembre de 2025 sí les resultan aplicables determinados requisitos del nuevo reglamento relacionados con el funcionamiento, el mantenimiento, las inspecciones periódicas, la actuación en caso de incendio y el régimen sancionador.
La guía incorpora además ejemplos concretos sobre las fechas de inspección de los establecimientos anteriores al RSCIEI de 2004 y sobre la transición desde la periodicidad contemplada en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, RIPCI, hacia el nuevo plazo máximo de cinco años.
También aclara que las reparaciones destinadas a restituir las condiciones originales de un establecimiento construido conforme al reglamento de 2004 deben realizarse, con carácter general, tomando como referencia las exigencias técnicas de aquel reglamento. No obstante, los nuevos productos o sistemas que se instalen deberán cumplir la reglamentación de producto vigente en el momento de su sustitución.
Reformas, ampliaciones y cambios de actividad
La guía dedica especial atención a una de las cuestiones que más dudas ha generado entre titulares y proyectistas: cuándo una intervención en un establecimiento existente obliga a aplicar el RSCIEI de 2025.
Las ampliaciones que supongan un incremento de superficie requieren adaptación al reglamento actual en la parte afectada. También puede ser necesaria cuando una reforma aumente el nivel de riesgo intrínseco del sector o área de incendio o cuando se produzca un cambio de actividad que deje sin cobertura suficiente las medidas de protección previstas en el proyecto original.
Por el contrario, las reformas menores, reparaciones o modificaciones que no incrementen el riesgo ni comprometan las condiciones de evacuación, sectorización o protección contra incendios pueden no exigir una adaptación completa.
En cualquier caso, la guía insiste en la obligación de documentar técnicamente las intervenciones. El certificado de una persona técnica titulada competente es voluntario en determinados supuestos, pero la información justificativa de los cambios debe mantenerse siempre a disposición de la Administración y de los organismos de control.
Nuevas respuestas sobre el ámbito de aplicación
El documento concreta asimismo qué actividades deben considerarse industriales a efectos del reglamento.
Entre las aclaraciones incluidas, se señala que las estaciones de inspección técnica de vehículos son asimilables a talleres y que las plantas de reciclaje y las instalaciones de tratamiento de agua se consideran establecimientos industriales. Por el contrario, los vertederos, las estaciones que únicamente realizan bombeo de agua y los sistemas de almacenamiento de energía en baterías conectados a la red no constituyen por sí solos establecimientos industriales a efectos del RSCIEI.
La exclusión de una determinada instalación del ámbito del reglamento no significa, sin embargo, que quede exenta de medidas contra incendios. Deberá cumplir la reglamentación específica que le resulte aplicable y adoptar soluciones adecuadas a sus riesgos particulares.
La guía analiza expresamente el caso de las baterías de litio, cuyo comportamiento frente al fuego no siempre puede evaluarse únicamente mediante la carga de fuego convencional. El Ministerio recomienda estudiar de manera individualizada su diseño, ubicación, monitorización, mantenimiento, protección activa y pasiva y protocolos de actuación ante situaciones anómalas.
Nuevo criterio para los almacenes logísticos
Otro de los aspectos de mayor relevancia empresarial es la delimitación del concepto de almacén industrial.
Los almacenes vinculados o auxiliares a una industria se consideran industriales con independencia de su carga de fuego. Sin embargo, los almacenes logísticos o relacionados con el transporte únicamente entran en el ámbito del RSCIEI cuando su carga de fuego total ponderada y corregida sea igual o superior a tres millones de megajulios.
La guía diferencia estos establecimientos de los almacenes de supermercados, archivos documentales, trasteros de alquiler, almacenes de oficinas o depósitos de herramientas de empresas de servicios, que no se consideran industriales por el mero hecho de almacenar productos.
Esta delimitación puede resultar determinante para decidir si un proyecto debe tramitarse conforme al RSCIEI o conforme al Documento Básico DB-SI del Código Técnico de la Edificación.
Coordinación con el Código Técnico y el RIPCI
La nueva guía también ayuda a delimitar la coexistencia entre el RSCIEI, el Código Técnico de la Edificación y el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
Cuando dentro de un establecimiento industrial existen zonas administrativas, comerciales, docentes, de pública concurrencia, alojamiento o aparcamiento, pueden resultar aplicables las exigencias del CTE DB-SI al superarse determinados umbrales de superficie.
En el caso de los aparcamientos subsidiarios de una actividad industrial, el umbral se sitúa en 100 metros cuadrados. La guía precisa que los vehículos que formen parte del proceso productivo, como ocurre en talleres o líneas de montaje, no convierten la zona en un aparcamiento a estos efectos.
El documento recuerda además que el RSCIEI no funciona de forma aislada, sino integrado en un conjunto normativo formado por el RIPCI, el Código Técnico, la normativa sobre productos de construcción, los reglamentos sectoriales y las disposiciones autonómicas.
Un documento destinado a actualizarse
El Ministerio señala que la guía será actualizada periódicamente para ampliar o mejorar sus contenidos. La última versión disponible anulará y sustituirá a las anteriores, por lo que técnicos, empresas y administraciones deberán comprobar en cada momento que trabajan con la edición vigente.
La publicación de esta primera versión completa supone un paso relevante para reducir la incertidumbre interpretativa generada por la entrada en vigor del nuevo RSCIEI. No obstante, la gran diversidad de actividades, edificios y configuraciones industriales hace que muchos expedientes continúen requiriendo un análisis técnico individualizado y, en determinados casos, la aplicación de soluciones alternativas o diseños prestacionales.
La guía oficial de junio de 2026 puede consultarse en el portal de seguridad industrial del Ministerio de Industria y Turismo.
“La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico”.








