- El Real Decreto 611/2026, de 22 de julio, establece un nuevo marco estatal para impulsar la descarbonización del transporte en España mediante combustibles renovables, combustibles hipocarbónicos y electricidad de origen renovable.
La principal novedad es que la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) pasa a ser el eje central del sistema. La norma establece objetivos anuales diferenciados para la aviación, la navegación de cabotaje, el ferrocarril no electrificado y el transporte por carretera.
Las sendas cuantificadas se aplican desde el 1 de enero de 2027 hasta el 31 de diciembre de 2040. No obstante, los objetivos previstos para 2040 se mantendrán en los años posteriores mientras no se aprueben nuevos objetivos.
El sistema conserva también determinados subobjetivos calculados en contenido energético para los biocarburantes y el biogás avanzados, los combustibles renovables de origen no biológico y los bioalcoholes avanzados.
Nuevos sujetos obligados y certificados renovables
El Real Decreto 611/2026 identifica a los proveedores, operadores, comercializadores y consumidores que deberán acreditar el cumplimiento de los objetivos de descarbonización.
La norma crea además la figura de los sujetos habilitados, que podrán solicitar certificados por determinados combustibles renovables producidos en la Unión Europea y vendidos o consumidos en España. Estos certificados podrán ser utilizados por los sujetos obligados para cumplir sus objetivos en los términos previstos en el real decreto.
Créditos de electricidad renovable para la movilidad eléctrica
Otro de los cambios relevantes es la creación de un mecanismo de créditos de electricidad renovable para el transporte por carretera.
A partir del 1 de enero de 2027, los operadores de infraestructuras de recarga de acceso público que deban comunicar información al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico podrán recibir créditos por la electricidad renovable suministrada a vehículos eléctricos.
Cada crédito equivaldrá a un megavatio-hora de electricidad renovable. Los créditos podrán ponerse a disposición de los sujetos obligados para contribuir al cumplimiento de sus objetivos de reducción de emisiones y tendrán una validez máxima de 24 meses desde su expedición.
La participación de infraestructuras de recarga privadas dependerá de los requisitos técnicos que se establezcan mediante una posterior orden ministerial.
Más obligaciones de sostenibilidad, trazabilidad y verificación
La norma refuerza las exigencias aplicables a los combustibles renovables de origen no biológico, los combustibles hipocarbónicos y los combustibles de carbono reciclado.
Los operadores afectados deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos de sostenibilidad y reducción de emisiones, aplicar sistemas de balance de masa, aportar información fiable y auditada y registrar las transacciones necesarias para garantizar la trazabilidad.
Los operadores acogidos al Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad deberán disponer, además, de un sistema interno auditable y conservar la documentación acreditativa durante un mínimo de cinco años.
El real decreto también amplía las facultades de inspección y supervisión de la Administración y regula el sistema de garantías de origen para gases renovables e hipocarbónicos.
Impacto del Real Decreto 611/2026
La aplicación del nuevo marco supondrá obligaciones crecientes de cumplimiento, reporte, auditoría y verificación para empresas energéticas, proveedores de combustible y determinados operadores del transporte.
Al mismo tiempo, introduce nuevas posibilidades de valorización y transferencia mediante certificados de combustibles renovables, créditos de electricidad renovable y garantías de origen.
Parte de su desarrollo técnico queda pendiente de posteriores órdenes ministeriales y resoluciones, especialmente en materias como el funcionamiento detallado del sistema de certificación, la participación de puntos de recarga privados y determinados formatos y plazos de información.
Como reconocimiento adicional, el real decreto crea el sello «líder en transición energética en el sector del transporte», que se concederá al sujeto obligado que haya certificado la mayor cantidad de combustibles renovables durante el año natural anterior. El distintivo podrá utilizarse públicamente durante 12 meses desde la publicación de la resolución de concesión.
La norma contempla también otros sellos vinculados a la descarbonización del transporte por carretera, la navegación de cabotaje, la certificación de combustibles renovables de origen no biológico y la electrificación del transporte.
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